Declaración de Accesibilidad
El Ayuntamiento de Arrecife se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, publicado en el BoletÃn Oficial del Estado a fecha 19 de septiembre de 2018. Este Real Decreto traspone la Directiva (UE) 2016/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo.
La Directiva Europea se basa en la norma EN 301 549 “Requisitos de accesibilidad de productos y servicios TIC†y esta, a su vez, es una adaptación de las Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web (WCAG 2.1) del W3C.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://www.arrecife.es.
Situación de cumplimiento
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018. A continuación, se indican los aspectos no conformes.
Contenido no accesible
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:
- Falta de conformidad con el Real Decreto 1112/2018.
- Marcado incorrecto de imágenes decorativas [requisito número 9.1.1.1 Contenido no textual de EN 301549 v2.1.2 – 2018].
- Existen fallos puntuales en el uso de algunas etiquetas de marcado semántico, como anidamiento incorrecto de elementos, marcado de párrafos, falta de estructura jerárquica sin saltos en encabezados, ausencia de descripción y estructuración en tablas [requisito número 9.1.3.1 Información y relaciones de EN 301549 v2.1.2 – 2018].
- Problemas en eventos dependientes de Javascript y en ciertos elementos de navegación no accesibles a través de teclado o lector de pantalla [requisito número 9.2.1.1 Teclado de EN 301549 v2.1.2 – 2018].
- Descripción inadecuada de enlaces o con una funcionalidad no definida [requisito número 9.2.4.4 Propósito de los enlaces de EN 301549 v2.1.2 – 2018].
- Errores de procesamiento HTML y CSS [requisito número 9.4.1.1 Procesamiento de EN 301549 v2.1.2 – 2018].
- Foco del teclado no visible [requisito número 9.2.4.7 Foco visible  de EN 301549 v2.1.2 – 2018].
- Identificación de elementos solamente mediante el color o por alguna caracterÃstica sensorial [requisito número 9.1.4.1 Uso de color y 9.1.3.3 CaracterÃsticas sensoriales de EN 301549 v2.1.2 – 2018].
- Contraste de color insuficiente en tÃtulos de secciones [requisito número 9.1.4.3 Contraste de EN 301549 v2.1.2 – 2018].
- Incorrecto orden del foco del teclado en los menús principales en la versión móvil o en gráficos de interacción [requisito número 9.2.4.3 Orden del foco de EN 301549 v2.1.2 – 2018].
- Uso de medidas absolutas en fuentes [requisito número 9.1.4.4 Cambio de tamaño del texto de EN 301549 v2.1.2 – 2018].
- Uso incorrecto de roles y estados WAI-ARIA en componentes tales como los paneles de pestañas, árboles de navegación, acordeones, etc., [requisito número 9.4.1.2 Nombre, función, valor de EN 301549 v2.1.2 – 2018].
- Carga desproporcionada: No resulta aplicable
- El contenido que no entra dentro de la legislación aplicable. PodrÃan existir archivos ofimáticos en PDF u otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que cumplan parcialmente los requisitos de accesibilidad.
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Preparación de la presente declaración de accesibilidad
La presente declaración fue preparada el 10 de Mayo de 2020.
Última revisión de la declaración: 08.09.2023
El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el propio organismo. Los agentes de usuario y productos de apoyo utilizados para esta autoevaluación han sido: Internet Explorer 11, Chrome versión 72 y el lector de pantalla NVDA versión 2018.2.1.
El sitio web ha sido diseñado y revisado bajo el compromiso de proporcionar un sitio accesible y se realizan comprobaciones periódicas para verificar el cumplimiento de los requisitos de accesibilidad.
La versión actual del sitio web es de Febrero de 2020, habiendo realizado con anterioridad a su implantación las revisiones de accesibilidad pertinentes según la legislación vigente en ese momento.
Observaciones y datos de contacto
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artÃculo 10.2.a) del RD 1112/2018) como por ejemplo:
- informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web
- transmitir otras dificultades de acceso al contenido
- formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web
a través del siguiente correo electrónico: informatica@arrecife.es o a través del enlace :
COMUNICACIONES SOBRE REQUISITOS DE ACCESIBILIDAD
Las comunicaciones serán recibidas y tratadas por el Ayuntamiento.
Las revisiones de accesibilidad realizadas hasta la fecha de definición de la actual declaración están basadas en los criterios WCAG 2.0. Se establece como objetivo alcanzar el cumplimiento de todos los requisitos de nivel A y AA de las WCAG 2.1, junto a ciertos requisitos de nivel AAA considerados relevantes para la mejora de la experiencia de uso del portal por parte del ciudadano.
Procedimiento de aplicación
El procedimiento de reclamación recogido en el artÃculo 13 del Real Decreto 1112/2018 entrará en vigor el 20 de septiembre de 2020.
Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
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ArtÃculo 13. Procedimiento de reclamación.
1. Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artÃculo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación para conocer y oponerse a los motivos de la desestimación, instar la adopción de las medidas oportunas en el caso de no estar de acuerdo con la decisión adoptada, o exponer las razones por las que se considera que la respuesta no cumple con los requisitos exigidos.
Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte dÃas hábiles sin haber obtenido respuesta.
2. Dicha reclamación deberá ser presentada y registrada conforme a los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La reclamación deberá dirigirse a la Unidad responsable de accesibilidad de ese ámbito competencial, o si la respuesta se hubiera realizado desde la propia Unidad responsable de accesibilidad, al superior jerárquico de ésta.
3. Las entidades obligadas deberán incluir en la declaración de accesibilidad la Unidad a la cual elevar las reclamaciones junto con el enlace al sistema de registro en el que se deberá realizar dicha reclamación.
4. Recibida la reclamación, la Unidad responsable de atenderla deberá responder a la persona interesada en el plazo máximo de dos meses.
5. El transcurso de dicho plazo se podrá suspender en el caso de que deba requerirse a la persona interesada para que, en un plazo de diez dÃas hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la reclamación. Transcurrido dicho plazo sin que la persona interesada haya realizado las aclaraciones oportunas, se continuará con la tramitación de la reclamación.
6. Transcurrido el plazo máximo para resolver la reclamación sin que se haya notificado la resolución de la misma, se entenderá que la reclamación ha sido desestimada.
Para realizar el trámite electrónicamente debe acceder desde el CATÃLOGO DE TRÃMITES en la SEDE ELECTRÓNICA, al trámite:
 RECLAMACIÓN CONTRA LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN ACCESIBLE Y QUEJA
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Contenido opcional
El sitio web está diseñado para su visualización responsiva, con lo que se visualiza de forma óptima en los dispositivos tablet y móviles.