Â
Â
La Junta de Gobierno Local se integra por el Alcalde y un nĂșmero de Concejales no superior al tercio del nĂșmero legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquel, dando cuenta al pleno.
. Corresponde a la Junta de Gobierno Local:
- a)Â La asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones.
- b)Â Las atribuciones que el Alcalde u otro Ăłrgano municipal le delegue o le atribuyan las leyes.
Â
Junta de Gobierno Local
- DÂȘ. Astrid PĂ©rez Batista
- D. Roberto Vicente HerbĂłn
- DÂȘ. Elisabet Merino Betancort
- DÂȘ. MarĂa JesĂșs Tovar PĂ©rez
- D. Eduardo Placeres Reyes
- D.Echedey Eugenio Felipe
- D.David JesĂșs Toledo Niz